Para la Cámara alta santafesina la suerte de la empresa nacida en el norte debería resolverse con jueces del sur. Es porque la actividad de la compañía se ha trasladado mayoritariamente en esa dirección, más allá de su sede en Reconquista.
La Cámara de Senadores fijó posición respecto del conflicto de competencias, que la Corte Suprema santafesina debe definir, respecto del concurso de acreedores de la firma Vicentín.
Sin debate y sobre tablas, la Cámara alta aprobó un proyecto de comunicación del jefe de la bancada del peronismo, Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), que solicita llevar el juicio a los tribunales de la ciudad de Rosario.
El texto recomienda a la cabeza del Poder Judicial de Santa Fe que otorgue la competencia a los Tribunales de Rosario, “dado que la histórica firma tiene la gran mayoría de sus negocios, acreedores y empleados en el Gran Rosario”, dicen los fundamentos.
El senador, que también lidera el Nuevo Espacio Santafesino (NES) solicita en la comunicación dar una “pronta resolución al conflicto de competencia relativo al juez que va a entender en el concurso preventivo de la sociedad Vicentin Saic”. Y recomienda “que opte por la solución que otorgue competencia a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario”, sustentando esa postura en “cuestiones fundamentales como la actividad principal de los negocios, lugar donde se hallan la mayor cantidad de acreedores, lugar donde radican la mayor cantidad de litigios contra la concursada y sitio donde se encuentren los principales activos de la concursada”.
Traferri recordó que la “solicitud de apertura de concurso preventivo fue realizada ante los tribunales ordinarios de la ciudad de Reconquista, fundamentando ser allí donde tiene su sede social” y que la competencia “fue aceptada por el juzgador de dicho tribunal”.
No obstante, esa decisión “ha sido objeto de revocatorias y demás presentaciones por parte de acreedores que sostienen que la competencia debe ser de los Tribunales de Rosario”. El legislador reseñó además que hubo una presentación ante el Máximo Tribunal para que se declaren competentes los Tribunales de Rosario y que, antes de la solicitud de Vicentin de iniciar el concurso, “se habría solicitado por parte de un acreedor su quiebra por ante los Tribunales rosarinos”.
“Es por todo ello que esta Cámara cree correspondiente recomendar al Máximo Tribunal de nuestra provincia, resuelva las cuestiones de competencia giradas en torno al concurso preventivo de la firma, hoy abierto ante los jueces ordinarios de Reconquista, siguiendo los argumentos que en el presente se explayan y que arriban a la solución de que la competencia corresponde a los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario”, explicita la comunicación impulsada por Traferri.
El senador destacó, asimismo, “la vital importancia que la firma tiene en la economía provincial” y subrayó que la “Corte Suprema de Justicia de la Nación, en múltiples ocasiones al resolver este tipo de cuestionamientos, ha optado por realizar una interpretación de la normativa hasta llegar a su verdadero sentido y apartarse de lo determinado en la misma para otorgar competencia a otros tribunales”.
“Vicentin desarrolla la actividad principal de sus negocios en el sur de la provincia. Casi la totalidad de los acreedores comerciales por compraventa de granos, se hallan en el Gran Rosario y realizan su actividad por medio de empresas corredoras que se encuentran radicadas en Rosario y entregan su mercadería en las plantas de la firma situadas en las localidades de San Lorenzo y Timbúes. Casi la totalidad de la operatoria granaria de la firma se concentra principalmente en la ciudad de Rosario. Por otro lado, la gran presencia histórica de la firma en la ciudad de Rosario (más precisamente en el Gran Rosario) la ha llevado a concentrar en dicha zona la mayor cantidad de empleados y capacidad productiva. Y a su vez, la totalidad de los reclamos que la firma ha tenido con anterioridad a su presentación en Concurso Preventivo han sido tramitados ante los Tribunales Ordinarios de Rosario y ante la Cámara Arbitral de Cereales de la Bolsa de Comercio de Rosario”, reafirmó Traferri.
Los considerandos recuerdan que “la firma fue fundada en el año 1929 y se dedica principalmente a la concertación de contratos de compra de materias primas a productores; el almacenaje, procesamiento de granos y producción de aceites, biodiesel y otros productos derivados de las materias primas adquiridas; el envasado de alguno de los productos elaborados y la exportación de lo producido”.
Dice que “para llevar adelante sus negocios, cuenta con una gigantesca estructura que se reparte entre Avellaneda y el Gran Rosario, es decir, Rosario, San Lorenzo, Ricardone y Timbúes; es decir, el Norte y el Sur de Santa Fe. Pero dicha distinción no es equivalente, sino que, actualmente Vicentin desarrolla la actividad principal de sus negocios en el sur de la provincia. Esto puede apreciarse fácilmente: casi la totalidad de los acreedores comerciales por compraventa de granos, se hallan en el Gran Rosario y realizan su actividad por medio de empresas corredoras que se encuentran radicadas en Rosario y entregan su mercadería en las plantas de la firma situadas en las localidades de San Lorenzo y Timbúes”.
Más adelante compara: “Para analizar algunas cuestiones prácticas que pueden ser corroboradas fácilmente al ingresar a la Web de la firma: las plantas ubicadas en el Gran Rosario, tienen una capacidad de almacenamiento de granos de casi 10 veces de mayor dimensión (1.080.000 toneladas) que en Avellaneda (145.000 toneladas). En idéntico sentido, en las plantas de San Lorenzo y Ricardone tienen una capacidad de almacenamiento de aceite 5 veces mayor a Avellaneda (108.000 toneladas vs 21.000 toneladas). En el Gran Rosario cuenta con una capacidad de molienda de granos de 21.000 toneladas diarias mientras que en Avellaneda no realiza ninguna actividad de molienda. En las plantas de San Lorenzo y Ricardone cuenta con una capacidad de producción de Biodiesel 1400 tns/día contra 500 tns/día que se logran en Avellaneda” y sigue: “No escapa a esta Cámara que a pesar de que la finalidad del Concurso Preventivo sea salvaguardar la empresa y bregar por su continuidad, también es menester proteger a los acreedores damnificados, quienes se encuentran desamparados en sus derechos; ya sea aquellos que habrían contratado con la firma de buena fe o aquellos que sean empleados de la misma y cuyos créditos cuentan con carácter alimentario y privilegiado”.
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