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La provincia contra el auto cultivo de cannabis

A días de la audiencia pública ante la Corte Suprema en el marco de la causa sobre el cannabis medicinal, la provincia de Santa Fe adelantó que se pronunciará en contra de la petición de un grupo de madres que piden poder cultivar para sus hijos.

La provincia de Santa Fe adelantó que se presentará ante la audiencia pública de la Corte con una postura contraria al reclamo de la Asociación Civil Macame (Mamás Cannabis medicinal Santa Fe) respecto del autocultivo de cannabis con fines medicinales o terapéuticos.

Con la firma del apoderado de la provincia, Rubén Boni, el Estado provincial sostuvo que “la sanción del Decreto del PEN N° 883- al quitar la exigencia de participar de una investigación clínica- ha incidido profundamente en el objeto de la litis por lo cual deberá ser valorado en el momento que corresponda”.

Concretamente, hace referencia a la implementación del Registro Nacional de personas autorizadas al cultivo controlado con fines medicinales y/o terapéuticos (REPROCANN) y entiende que con dicha legislación el reclamo de MACAME que devino en llamado a una audiencia pública, ya no tiene sentido.

“La provincia de Santa Fe reitera que no es legitimada pasiva en este pleito, pues no ha sido demandada por los actores, mientras que las normas implicadas no son el resultado de sus poderes legisferantes”, se detalló en la carta elevada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En ese marco, agregaron que, en lo que respecta a la competencia provincial, el Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF) y el Ministerio de Salud “han desplegado numerosas políticas públicas orientadas al cumplimiento de los stándares legales vigentes”.

La Corte debatirá el próximo 27 y 28 de abril la decisión de la Cámara Federal de Rosario, que ratificó el fallo del juez federal de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, que rechazó la acción de amparo promovida por María Laura Acosta y Yanina Viviana Bustos, presidenta y secretaria de la Asociación Civil MACAMÉ, y en representación de sus hijos menores de edad en la que solicitaban autorización para el autocultivo de cannabis con fines medicinales para sus hijos/as.

Se trata de la causa “Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino- P.E.N. s/ amparo ley 16.986”, donde las mujeres solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de toda normativa que prohíba el autocultivo de cannabis para consumo medicinal y una medida cautelar que impida toda persecución penal mientras se tramita la causa.

En el fallo que llegó a la Corte, dictado por los jueces Jose Guillermo Toledo y Anibal Pineda, de la Sala A de la Cámara Federal de Rosario, reconoció que “si bien la experiencia de las madres indicaría que el suministro de derivados de cannabis resultaría beneficioso para la calidad de vida de sus hijos, lo cierto es que los pacientes y sus madres cuentan con vías legales o judiciales (llegado el caso) para obtener el medicamento estandarizado”.

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