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Presentan una catarata de críticas contra el Juez Lorenzini ante la Corte Suprema

El Juez del Concurso no deja de recibir críticas, ahora bajo la figura de Amicus Curiae que eligieron una serie de profesionales que se presentaron ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe que tiene la causa en sus manos. 

Hoy se presentó ante la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe un amicus curiae por la causa Vicentin. El escrito está firmado por el ingeniero agrónomo y experto en Desarrollo Rural José Catalano; el abogado y senador por la provincia de Buenos Aires, Paco Durañona; el dirigente rural Pedro Peretti; el economista Horacio Rovelli y el abogado y politólogo Carlos Vilas. Cuentan con el patrocinio del abogado Carlos Pieretti.

En el texto se plantea que la Corte Suprema de Justicia santafesina tiene la obligación de intervenir en la causa, basado en la Ley de Organización Judicial de la provincia de Santa Fe, el Código Civil y Comercial de la Nación (que imponen al juez obrar razonadamente y previniendo el daño) y en el derecho comparado de Estados Unidos, donde cuando aparecen cuestiones que afectan al orden público en un juicio concursal, las Cortes deben avocarse de inmediato al expediente.

Se sostiene que en el concurso de Vicentin tramitado en Reconquista, “hay un juez que desde hace más de dos años viene violando sistemáticamente todas las normas del derecho concursal, civil e ignorando los delitos que van apareciendo en el expediente”. Tal situación obliga a la Corte a suspender este proceso, en defensa de las instituciones e impidiendo que se sigan cometiendo ilícitos. Evitando así un daño irreparable intergeneracional.

Los expertos señalan no menos de 34 hechos puntuales donde el Juez quebrantó a ley. Así convirtió el concurso preventivo en un paraguas protector para Glencore, una transnacional británico-suiza, con sede en el paraíso fiscal de Jersey. Glencore está condenada en Estados Unidos por tener una red internacional de sobornos e investigada por lavado de activos, evasión, depredación ambiental y explotación laboral. Hoy Glencoore se está apropiando gratuitamente de los únicos activos rentables de Vicentin. Principalmente de Renova, la mayor extrusora de granos del mundo.

También se detalla cómo, usándose distintas sociedades anónimas de papel, se simulan operaciones de compra venta que en realidad son efectuadas por la misma persona ubicada en ambos lados del mostrador.

Los profesionales hicieron un resumen de los posibles hechos violatorios de la ley en los que habría incurrido el juez Civil y Comercial de Reconquista.

A través del instituto del Amicus Curiae manifestamos a VE que la tramitación del concurso preventivo de marras ha sido pletórica en irregularidades comprobables en el mismo expediente, lo que termina poniendo bajo amenaza la sostenibilidad social, ambiental, competitividad y transparencia del complejo agroindustrial exportador argentino. Los temas ventilados afectan sensiblemente no a una empresa ni a un conjunto de acreedores, sino a toda un área vital de la economía argentina. La pasividad ante esto traería consecuencias negativas inter-generacionales.

Sostenemos que el Juez a cargo del concurso ha tenido un desempeño prevaricador transversal a lo largo de todos los actuados, de manera sostenida y sistemática, dictando resoluciones contrarias a la ley expresa invocada por las partes.

Esto se constata ya que el Juez declaró la apertura del concurso a pesar de que el deudor en su presentación no detalló sus activos al omitir denunciar a su grupo económico (artículo 11 inciso 3 LCQ). No tuvo en cuenta la no presentación del último balance (artículo 11 inciso 4 LCQ). Con posterioridad no dio curso al pedido de que la sindicatura se expida sobre por la transferencia simulada del 16,67 por ciento de RENOVA SA a favor de RENAISCO BV, ocurrida dos días antes de declararse en cesación de pagos. También rechazo la solicitud de que instruya a la sindicatura a evitar la dación en pago a través de la entrega de FRIAR SA a un acreedor pre-concursal, operación fraudulenta efectuada en pleno concurso.

Asimismo el Magistrado entre muchas otras anormalidades, dio por verificados créditos de socios y de empresas controladas por VICENTÍN en contra de su propia firma. Posibilitó la liquidación de activos de la concursada en pleno proceso. Hizo caso omiso a las notificaciones del Ministerio de la Acusación y de la Comisión de la Defensa de la Competencia donde le advierten lo intransferible de activos (por estar sujetos a cautelares y por estar en estudio la licitud de su enajenación por motivos de concentración económica) que la concursada ofrecía a venta en su propuesta, usando tal inviable promesa como atractivo para captar conformidades. A la vez que, a pesar de que la firma viene exhibiendo un patrimonio neto negativo en sus últimos balances, o inquirió al directorio y la asamblea a que se expidan que tratamiento dar a la luz del artículo 94 inciso 5 de la LGS.

Por último, hizo abstracción de las constancias del expediente del incidente de la Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe solicitando intervención por existencia de un conglomerado promiscuo de sociedades que, aun manejando el patrimonio de VICENTÍN, quedaban al margen del concurso, de las auditorias de la SIGEN en el mismo sentido, del informe de la intervención DNU 522/2020 que ante la confusión patrimonial inescindible y en virtud del artículo 54 LGS, 144 y 1710 del CCyCN, peticionaba medidas protectivas del patrimonio de la deudora, del informe Gaggero-Zanotti que describe el proceso doloso de vaciamiento de VICENTÍN, de las advertencias de los veedores concursales y las conclusiones de la auditoria forense que evidencian una multiplicidad de ilícitos.

Lo enunciado hace que el proceso concursal no se presente como algo que fue burlado por un deudor mal intencionado. No. El proceso concursal ha sido bastardeado funcionando como la plataforma gracias a la cual se lesiona el Orden Público. La legislación falimentaria está siendo usada en una estafa procesal donde el sujeto pasivo no es el Juez de la causa (que es connivente), sino toda el Poder Judicial. Para perpetrar las violaciones al Derecho que enunciamos, era necesario manipular el concurso preventivo de la forma que se hizo, parasitando a las instituciones del Estado para que
éstas legitimen maniobras que son fraudulentas.

Lo antecedente impacta en el complejo agroindustrial exportador en el país. Del mismo dependen las posibilidades de Desarrollo Nacional y Bienestar General de todos los argentinos. Se está dirimiendo la apropiación dolosa, gratuita o a precio de remate, de activos nacionales construidos con el esfuerzo privado y público de varias generaciones de argentinos. Todo en favor de una compañía transnacional suizo británica con sede en una guarida fiscal, siguiendo su modus operandi internacionalmente conocido, el que le ha reportado múltiples denuncias y condenas en varios países del globo. Ahora la intentona apunta a la Argentina.

La lógica indica que el Orden Publico se respeta o se transgrede, no siendo posible que una acción haga las dos cosas al mismo tiempo, ni que se mueva en una tercera opción de “lo respeta más o menos”. Esa acción tiene una causa, en este caso lo es la captura de una porción del patrimonio nacional por parte de un agente fraudulento. Y es lo que nos motiva a presentarnos por ante VE como amigos del tribunal.

El texto completo

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