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Revocan procesamiento contra Morzán y otros ex directivos de ASSA por contaminación

La Cámara Federal de Rosario ha revocado el procesamiento de cinco exdirectivos de Aguas Santafesinas S.A. (ASSA), quienes habían sido acusados de verter efluentes cloacales sin tratar en el río Paraná.

En mayo de 2024, el juez federal Carlos Vera Barros había procesado a Hugo Morzán, exintendente de Reconquista y expresidente de ASSA, junto a Marisa Gallina, Alfredo Menna, Darío Corsalini y Gustavo Actis. La acusación señalaba que, entre septiembre de 2018 y octubre de 2021, se habrían descargado aproximadamente 350 millones de litros diarios de efluentes sin tratamiento desde la Planta de Recepción Emisario Sur en Rosario, en violación de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.

Sin embargo, en octubre de 2024, la Sala A de la Cámara Federal de Rosario, integrada por los jueces Silvina Andalaf Casiello y Aníbal Pineda, revocó estos procesamientos. Los magistrados argumentaron que los efluentes cloacales no pueden ser considerados “residuos” según la definición de la Real Academia Española, que los describe como “material que queda como inservible después de un proceso productivo”. Por lo tanto, concluyeron que los efluentes cloacales no encajan en esta definición y no constituyen un elemento residual en el marco de la causa penal.

Posteriormente, el 10 de diciembre de 2024, la misma Cámara rechazó los recursos de casación presentados por el Ministerio Público Fiscal y la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, que actuaba como querellante. Ambas partes buscaban revertir la decisión de octubre, pero el tribunal consideró que los recursos eran inadmisibles, ya que la resolución apelada no constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella.

Juez Federal procesó a un ex intendente de Reconquista

Este fallo ha generado debate en la comunidad, ya que, según la denuncia original, la contaminación del río Paraná no solo afectaría a la biodiversidad del ecosistema, sino que también pondría en riesgo la salud de miles de personas que dependen de este recurso hídrico.

Por su parte, Aguas Santafesinas S.A. ha sostenido que su servicio no arroja residuos peligrosos ni origina contaminación, y que los líquidos cloacales no pueden ser considerados como tales. La empresa afirmó que cumple con los parámetros establecidos por la normativa legal regulatoria vigente para el servicio provincial, con controles propios y de organismos competentes.

A pesar de la revocación del procesamiento, la resolución de la Cámara Federal no descarta que se lleven a cabo otros procesos administrativos o económicos orientados a prevenir daños ambientales, sancionar a los responsables por posibles negligencias o reparar los perjuicios causados al medio ambiente.

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