También se aprobó, entre otras iniciativas, la prórroga a la ley de emergencia territorial indígena, el alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19 y la media sanción a la Ley Nacional de Juventudes.
La modificación del mínimo no imponible a la ley que grava los bienes personales fue aprobada por la unanimidad de los senadores presentes.
El miembro informante, senador por Córdoba, Carlos Caserio (FdT) sostuvo que “de no actualizar el mínimo no imponible comenzaríamos a gravar a personas que no corresponde hacerlo algo que consideramos injusto, ya que los impuestos no sólo tienen que ser justos sino razonables”.
Afirmó que “calculamos que unas 600 mil personas se verán beneficiadas con esta medida”.
El proyecto modifica el art. 24 de la ley 23.966 de impuesto sobre los bienes personales a fin de incrementar el mínimo no imponible a 6 millones de pesos. En el caso del inmueble destinado a casa-habitación, el piso se establece en 30 millones de pesos.
En los fundamentos de la iniciativa, el senador por Córdoba Carlos Caserio( FdT) puntualizó que el proyecto “propone el incremento del mínimo no imponible del impuesto sobre bienes personales, toda vez que consideramos insuficiente el monto que hoy puede ser computado por tal concepto”.
Argumentó que de “no actualizar el mínimo exento y el valor exento para la casa habitación, comenzaríamos a gravar a contribuyentes que en nuestra opinión deberían estar al margen de la tributación”.
Caserio sostuvo también que “seguramente ese contribuyente ni se dé por enterado de su obligación fiscal respecto de bienes personales y menos sobre las consecuencias del no pago y la no presentación de las respectivas declaraciones juradas, recordando que las mismas se reflejan en la generación de intereses resarcitorios y de multas por los incumplimientos, previstas en la propia ley de Procedimientos Tributarios”.
El dictamen finaliza señalando que “creemos que el valor exento para la casa habitación, dieciocho millones de pesos ($18.000.000), debe actualizarse producto del incremento de valores que la inflación generó sobre estas propiedades y el efecto revalorización de las bases imponibles y de las valuaciones fiscales que llevaron adelante las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
En su discurso de cierre, el senador por Salta, Juan Carlos Romero (JxC) respaldó la iniciativa, consideró positiva la modificación y afirmó que “esto es mucho más restrictivo que la idea original. Esto es restrictivo en una etapa en la que el país está viviendo una inflación enorme”.
El titular de la bancada oficialista, senador por Formosa, José Mayans (FdT) inició su exposición diciendo “que los argentinos tenemos un problema con el Índice de Precios al Consumidor y eso finalmente se traduce en inflación”.
Prórroga de la Ley de Emergencia Territorial Indígena
El proyecto fue aprobado por el voto afirmativo de 43 senadores, 7 abstenciones y 2 negativos.
La senadora por Salta, Nora Gímenez (FdT) fue la miembro informante de la iniciativa. Al fundamentar su iniciativa, recordó al Presidente de la Nación, Alberto Fernández, cuando destacó en un discurso inaugural de las sesiones del Congreso, dijo: “tenemos la necesidad de reconsideración y valoración de las diversidades que convivimos en la República Argentina”.
Destacó que en los diferentes censos, ha aumentado la cantidad de integrantes de las comunidades ya que “ha habido una visualización del tema y la concientización”. Finalizó su exposición reclamando que “sea la última prórroga para completar los relevamientos técnicos y que la próxima discusión sea el de la tierra comunitaria y garantizar la entrega definitiva de esas tierras”.
Entre los aspectos sobresalientes de la ley se encuentra la prórroga de los plazos previstos en los artículos 1, 2 y 3 de la ley 26.160 (ya prorrogados por las leyes 26.554, 26.894 y 27.400) hasta el 23 de noviembre de 2025.
Los citados artículos declaran la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, suspenden los desalojos y disponen el relevamiento catastral de las tierras.
Se dispone la asignación, para los cuatro ejercicios presupuestarios que se aprueben con posterioridad a la sanción de esta ley, de un crédito de 290 millones de pesos destinados al fondo especial creado por la citada ley de comunidades indígenas.
En el cierre del debate, el senador por Formosa, José Mayans (FdT) destacó que “esta reparación consiste en darle a cada uno lo que le corresponde. Tenemos reconocidos, a través de la implementación de esta ley, 32 pueblos indígenas, divididos en 1.600 comunidades”.
Ley Nacional de Juventudes
El proyecto de autoría de la senadora María Eugenia Catalfamo (Frente Unidad Justicialista San Luis), establece los “derechos, deberes y garantías de las personas jóvenes”, incluidos en la franja etaria de 18 a 29 años, para promover su “desarrollo integral”.
Catalfamo señaló que “la iniciativa la considera fundamental para el futuro de nuestro país, para que estos jóvenes de nuestro país, crezcan”. Definió a la iniciativa como “una ley integral que apunta a llenar un vacío legal”.
En el título referido a los derechos de los jóvenes se plantea: “no discriminación, educación, formación y capacitación laboral, educación sexual, salud, tratamiento y prevención ante el consumo problemático, trabajo, seguridad social y derechos laborales, libertad sindical, inclusión digital y participación política”.
También contempla “equidad de género, acceso a la justicia, intimidad, integridad, deporte y recreación, cultura, acceso a la vivienda, ambiente y acceso a la tierra”.
Además el proyecto contempla otro título con varios artículos respecto a los “deberes del Estado” en la materia, en tanto se destaca la creación de la Secretaría Nacional de Juventudes, del Instituto Nacional de Juventudes y el Consejo Federal de Juventudes, cuyos funcionamientos dependerá de fondos que no podrán ser menores al 0,02 por ciento del Presupuesto Nacional.
Alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el Covid 19.
Por otra parte, al final de la sesión, se dio tratamiento al proyecto de “Alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el Covid 19” que tuvo media sanción de la Cámara de Diputados.
A través del mismo se otorga una condonación a las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social, líquidas y exigibles vencidas hasta el 31 de agosto pasado, inferiores a los 100 mil pesos, para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas, y personas consideradas pequeños contribuyentes, incluidos monotributistas.
Las entidades que se favorecerán con esta ley serán las cooperativas de trabajo y escolares, las del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, las bibliotecas populares, los clubes de barrio y las entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, literarias y artísticas, así como aquellas organizaciones y asociaciones sin fines de lucro de pueblos originarios y las relacionadas con el fomento rural.
Entre otras iniciativas, se aprobaron las siguientes: los pliegos de 180 miembros de las Fuerzas Armadas; la creación del Parque y Reserva Nacional Islote Lobos en el golfo San Matías en la provincia de Río Negro y estrategias para fortalecer las trayectorias educativas afectadas por la pandemia.
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