En una entrevista reciente con La Grieta, el fiscal Juan Sebastián Marichal se refirió a un caso que ha generado interés en la comunidad judicial y mediática. Se trata de la condena dictada contra el exfuncionario Luis Alberto Tallarico, acusado de defraudación a la administración pública, malversación de fondos y otros delitos relacionados con su gestión como jefe de zona. La sentencia, dictada por el juez Sergio Olivera, impone un año y dos meses de prisión por incumplimiento de los deberes de funcionario público, aunque fue absuelto por defraudación y malversación.
Marichal, quien participó activamente en la investigación y posterior juicio, explicó que la falta de una cuantificación precisa del perjuicio económico fue un obstáculo clave para probar el delito de defraudación. El caso gira en torno a la ferretería Chemes, ubicada en la ciudad de Vera, de la cual se adquirieron bienes de forma irregular y sin documentación adecuada durante dos años. Estas compras no fueron registradas, y aunque se realizó un reclamo administrativo, la deuda nunca fue pagada ni judicializada, lo que complicó aún más la posibilidad de establecer un perjuicio económico concreto.
La dificultad de probar el fraude al Estado
El fiscal señaló que el delito de administración fraudulenta, previsto en el artículo 173 del Código Penal Argentino, exige no solo la intención de causar daño, sino que ese daño se traduzca en un perjuicio concreto. En este caso, aunque las maniobras irregulares fueron evidentes, no se logró probar que Tallarico haya buscado enriquecerse personalmente ni que hubiera un lucro indebido directamente asociado a su gestión.
“El mayor desafío fue la falta de una tasación clara del daño. Nunca se probó que Tallarico obtuviera un beneficio económico directo de estas maniobras, lo que hizo que la figura del fraude al Estado quedara debilitada”, explicó Marichal. Asimismo, agregó que la ferretería Chemes nunca logró cobrar la deuda y, dado que no se presentó una demanda judicial por parte de la empresa, esto generó un vacío probatorio clave para el tribunal.
La responsabilidad administrativa
Por otro lado, el incumplimiento de los deberes de funcionario público, previsto en el artículo 248 del Código Penal, fue más sencillo de demostrar. Según el fiscal, las irregularidades en la administración de compras directas, la falta de cotizaciones y la ausencia de registros fueron prácticas sistemáticas durante la gestión de Tallarico. Incluso en una auditoría interna realizada en 2016, ya se había advertido sobre el incumplimiento de los procedimientos legales establecidos, lo que dificultaba el control de los bienes adquiridos y su destino.
“Era evidente que el exfuncionario no cumplió con los deberes administrativos básicos. La falta de documentación y control interno era tan evidente que se tornaba imposible safar de una condena por esta imputación”, comentó Marichal.
La malversación de fondos y la prescripción
Uno de los puntos más debatidos en el juicio fue la figura de la malversación de caudales públicos, que finalmente fue descartada por prescripción. Según Marichal, este delito tiene un plazo de prescripción mayor que el incumplimiento de los deberes de funcionario, pero al haberse retirado Tallarico del cargo tras su jubilación, la suspensión de la prescripción fue un factor decisivo.
“La malversación de caudales públicos era la carátula más discutible. Si bien las maniobras existieron, no se pudo probar que se utilizó dinero público de manera indebida para un lucro personal, lo que sumado a la prescripción terminó excluyendo esta imputación”, detalló el fiscal.
El futuro del caso
El fiscal Juan Sebastián Marichal anticipó que es muy probable que se apele la sentencia, dado que tanto la defensa como la fiscalía considerarán los fundamentos del fallo para decidir los próximos pasos procesales. Si bien el caso ha concluido en esta instancia con una condena por incumplimiento de deberes, queda en el aire la discusión sobre si hubo o no un perjuicio económico significativo para el Estado.
La condena a Luis Alberto Tallarico por un año y dos meses de prisión ha generado reacciones divididas entre quienes consideran que el fallo es insuficiente y aquellos que creen que la falta de pruebas contundentes para delitos más graves justifica la absolución en ciertos cargos.
Este caso pone en evidencia las dificultades que enfrenta el sistema judicial argentino al intentar probar delitos relacionados con la administración pública, donde la falta de documentación y el vacío en la cuantificación de daños pueden resultar determinantes para la condena o absolución de los acusados.
El proceso aún está en curso y se espera que las próximas semanas arrojen más claridad sobre los fundamentos del fallo y las posibles apelaciones.
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