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Vicentín: intimaron a Veedor por sus declaraciones en La Grieta

Sergio Arelovich habló en exclusiva en el programa radial La Grieta y sus declaraciones generaron una intimación por parte de la empresa Vicentín.

 

Sergio Arelovich fue designado como veedor del Concurso Preventivo de Acreedores que tiene en curso la empresa Vicentín en el Juzgado Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista.

En ese marco, el Juez del Concurso Fabián Lorenzini pidió la intervención de tres veedores que se encargan de realizar un seguimiento de la causa. Uno de esos veedores es Arelovich quien cuando fue propuesto por la comisión que representa los intereses de los acreedores fue impugnado por la firma en default.

Tras su designación el programa radial La Grieta se comunicó con el abogado y sus declaraciones generaron indignación entre los representantes de la empresa Vicentín que decidieron enviarle una Carta Documento para que ratifique o rectifique de sus dichos.

La Carta Documento que envió Vicentín dice:

Ud. ha sido designado veedor en el marco de los autos VICENTIN SAIC S/CONCURSO PREVENTIVO, EXPTE CUIJ N.021-25023953-7 donde se tramita el concurso preventivo de Vicentín SAIC. En tal calidad, el juez interviniente le ha asignado la calidad de auxiliar de la justicia, y su deber frente al órgano judicial es contribuir al éxito del proceso concursal, haciendo cuanto esté a su alcance para asegurar la incolumnidad del patrimonio y el derecho de los acreedores.

Sus recientes declaraciones públicas, realizadas aún antes de asumir el cargo, anunciando que “el riesgo de la quiebra es muy alto”, no solo evidencian su falta de idoneidad para la elevada responsabilidad de la que fue investido, sino que como es obvio imaginar, puede perjudicar gravemente el éxito del proceso concursal y como consecuencia de ello la posibilidad de que los acreedores vean satisfechos sus créditos.

Por ello es que frente a la posibilidad de que su accionar pudiera ocasionar un daño a los intereses que le fueran confiados, en los términos de los art. 271 y 272 del código penal, lo intimamos a que en el término de 72 horas ratifique o rectifique sus declaraciones públicas anunciando que “el riesgo de la quiebra es muy alto” respecto del patrimonio concursal cuya veeduría usted debe ejercer, ello bajo apercibimiento de promover las acciones civiles por los perjuicios ocasionados y penales conforme ha sido señalado, y sin perjuicio de los daños ya ocasionados.

Finalmente, se deja debidamente aclarado que nuestra parte lo ha recusado a Ud. con causa en el expediente antes mencionado; y si bien en primera instancia se ha rechazado nuestro planteo, nuestra parte recurrirá la decisión ante el Superior, no significando entonces la presente aceptación a su designación, ni renuncia a los recursos en trámite.

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