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Alurralde cerca de decidir sobre el DNU de intervención de Vicentín

La titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº5 rechazó la inhibitoria planteada por el Estado Nacional para que trate la constitucionalidad del DNU Nº522/2020 que dispuso la intervención estatal de la empresa Vicentín y definió que la misma debería tratarse en la Justicia Contencioso Administrativa Federal de Santa Fe.

La presentación del Estado Nacional se fundó en que el mismo juez concursal Lorenzini se declaró incompetente para entender en el planteo de inconstitucionalidad del mencionado Decreto, cuando consideró en su resolución que “estamos en presencia de una auténtica demanda de inconstitucionalidad, a mí entender erróneamente canalizada en el proceso concursal”.

Asimismo, desde el Estado habían manifestado que “el objeto litigioso planteado en el proceso concursal -en la medida que se impugnó el DNU N° 522/2020 solicitando una pretensión cautelar y que el juez del concurso inaudita parte concedió una medida autosatisfactiva que modificó los términos del mismo-, constituye indiscutiblemente materia federal de carácter contencioso administrativo”.

Llegado el planteo a la jueza Biotti, manifestó que “no caben dudas que la presentación efectuada por el directorio de Vicentin SAIC corresponde a la competencia contencioso administrativo federal en razón de la materia” y que “no procede el fuero de atracción” con respecto al proceso concursal en la justicia provincial.

Sin embargo, entendió que la competencia territorial del planteo corresponde a los “tribunales federales con competencia en materia contencioso administrativa en la localidad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe”, ya que “los efectos principales del DNU N°522/2020 y, sobre todo, los cuestionados por los integrantes del Directorio de Vicentin SAIC, se producen en la localidad Avellaneda, Provincia de Santa Fe, en la cual se encuentra el domicilio social inscripto de la sociedad”.

“Adoptar una solución contraria, que no atienda al lugar en el que el acto cuestionado produce sus efectos, implicaría, por un lado, vaciar de contenido a la jurisdicción de los tribunales federales con asiento en las provincias”.

Ello, además, impicaría “obligar irrazonablemente a los demandantes a litigar de manera exclusiva en la jurisdicción territorial de los tribunales federales con asiento en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Alurralde a un paso de entrar en el tema

El Juez Federal de Reconquista deberá tomar el tema a menos que el Poder Ejecutivo Nacional apele la decisión de la Jueza Biotti.

Es así como el Juez Aldo Alurralde podría comenzar a trabajar en la causa y decidir si el DNU presidencial que interviene el directorio de Vicentín es o no constitucional.

La resolución

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