Con el objetivo de mitigar los efectos económicos de la pandemia del coronavirus (Covid-19), el organismo suspendió las exclusiones de los pequeños contribuyentes correspondientes a julio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante julio. Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a julio.
A través de la Resolución General N°4782/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, se extienden durante julio los beneficios vigentes desde marzo.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas. La Afip resolvió que julio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La Afip definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en julio para proceder con exclusiones de oficio.
Cuáles son las categorías de monotributo
La Afip cuenta con categorías que van desde la A hasta la H, dependiendo de los ingresos brutos y otros factores. Para averiguar todos los valores y montos de cada categoría, es necesario seguir estos pasos:
- Entrar a https://monotributo.afip.gob.ar/
- Bajar al final de la página
- Seleccionar ‘Categorías’
Paso a paso, cómo recategorizarse en el monotributo
Ingresar a la web oficial del Monotributo en la página de la AFIP con su número de CUIT y Clave Fiscal
La web es www.afip.gob.ar/
Una vez adentro deberás seleccionar la opción “Recategorizarme”.
Dentro del sistema se mostrará la categoría en la que estás inscripto junto a los topes para cada uno de los parámetros que se tienen en cuenta para definir la categoría adecuada (nivel de facturación, superficie del local, consumo de energía).
Además aparecerán los datos del contribuyente con los que cuenta la Afip, desde la facturación en el período previo, la energía consumida, los alquileres pagados así como también gastos realizados con tarjetas de débito y crédito.
Los topes vigentes a tener en cuenta en cada una de las categorías son los siguientes:
Para recategorizarse deberás presionar la opción “Continuar Recategorización”. Una vez allí, se deberá informar el monto facturado en los últimos 12 meses. El sistema pregunta además si se tiene o no local para desarrollo de la actividad.
¿Qué pasa si cuento con local?
Quienes cuenten con local para la realización de su actividad deberán consignar toda la información referente al establecimiento, como consumo de energía eléctrica, superficie, cantidad de locaciones, alquileres pagados, entre otros puntos.
Luego de cargar esos datos el sistema preguntará si el contribuyente se encuentra en una provincia con Monotributo unificado.
Si no realizas actividades en otra provincia, debe seleccionar “NO”. El sistema desplegará entonces la categoría que le corresponde de acuerdo a los datos aportados.
Una vez verificados que los datos cargados sean correctos el contribuyente debe seleccionar el botón de “Confirmar categoría” para concluir el trámite.
Noticias relacionadas
El auge de la producción automotriz: dos fabricantes trabajarán este feriado para cubrir la demanda
Mercados cerraron una gran semana y siguen con atención la cercanía de Trump y Milei
Argentina logra récord en exportaciones de aceite y subproductos de girasol tras 18 años